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Las compañías de seguro ya no podrán ofrecer servicio de grúa y auxilio mecánico

La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó este viernes en el Boletín Oficial una resolución que modifica el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina , y por la cual, desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios. Así, lo que se ha determinado es que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador . En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial. La Resolución SSN 217/2024 que modi

Adiós "Compre Sin IVA": finalizó el programa y el Gobierno Nacional no lo prorrogó

Esta suspensión del Programa Compre sin IVA representa un desafío adicional para los ciudadanos en un momento de dificultades económicas, dejando a muchos sin este alivio financiero tan necesario en un contexto de aumento de precios.

El Gobierno no renovó el programa Compre sin IVA y a partir de este lunes ya no se devolverá más el 21% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por la compra de productos de la canasta básica.

El programa había sido lanzado en septiembre pasado a través de una modificación de la Resolución General 4.676/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la cual tenía fecha de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023. Por este motivo, y sin una prórroga, ya no rige más la normativa.

A través de Compre sin IVA se podía acceder a una devolución del 21% del impuesto con un tope de reintegro mensual de $18.800 en los productos de la canasta básica. La iniciativa estaba destinada a los trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, y quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales con un máximo de seis haberes mínimos.

También, alcanzaba al personal de casas particulares, monotributistas de todas las categorías, y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas del Programa Potenciar Trabajo.

El alcance de este beneficio era extenso, llegando a más de 18 millones de personas, entre empleados formales con salarios de hasta $ 708.000, beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), monotributistas, empleadas domésticas, trabajadores informales, jubilados y pensionados.


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Fuente: Infobae

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