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Fallo judicial. Cuáles son los medicamentos de venta libre que ya no se podrán vender fuera de las farmacias

Desde la Cámara Contencioso Administrativo Federal se decidió darle lugar a la medida cautelar que fue solicitada por dos cámaras farmacéuticas y eliminar los efectos de distintos artículos comprendidos en el DNU 70/2023, como el que permitía la venta de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias. Los medicamentos de venta libre que ya no se podrán comprar por fuera de la farmacia serán los analgésicos y los antiácidos. Según un comunicado de la COFA (Confederación Farmacéutica Argentina) y la Fefara (Federación Farmacéutica de la República Argentina), “l a sentencia reconoce que la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica comercial, y reafirma, en línea con el precedente “Farmacity” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico “. Qué artículos del DNU 70/2023 se suspenden El fallo suspendió los artículos 313, 314, 3...

El Senado de Santa Fe aprobó una ley para regular la instalación y funcionamiento de ferias "saladitas"


La Cámara de Senadores de la provincia de Santa Fe sancionó la ley que define un marco legal para regular la instalación, ampliación, modificación y funcionamiento de los establecimientos comerciales de múltiples puntos de venta denominados “ferias internadas, multipunto o cooperativas de comerciantes” o popularmente conocidas como "Saladas" o "Saladitas", en todo el territorio provincial. 

Ubicaciones. Requisitos

Aunque no podrá haber más de una en un radio de 10 kilómetros y no podrán ocupar más de mil metros cuadrados cuando el municipio o comuna tenga 35 mil habitantes; 1500 metros cuadrados cuando tengan 200 mil y 2.500 cuando tengan más de 200 mil.

Condiciones de infraestructura

Además las feria deberán instalarse donde haya servicios públicos esenciales como agua corriente, cloacas y baños. Deberá organizar su recorrido en un mínimo del 40% de su total y deberá contar con cocheras, en un mínimo de 30 %, además de tener áreas de carga y descarga.

No están incluidas

La nueva ley define un esquema de regulación para la habilitación y funcionamiento de estas ferias y excluye a todos los establecimientos que estén bajo la modalidad de galerías comerciales, establecimientos gastronómicos y a todas las ferias de la Economía Social. Es una norma que viene a proteger al comercio formal y a los consumidores.

No se podrán vender bebidas alcohólicas, productos pirotécnicos, armas o municipales, animales vvos, ni realizar actividades vinculadas con el juego de azar, apuestas o similares. En su artículo 20 la ley marca que municipios y comunas pueden requerir previa autorización de la feria, la opinión de las organizaciones representantes del comercio e industria local.



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