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Las compañías de seguro ya no podrán ofrecer servicio de grúa y auxilio mecánico

La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó este viernes en el Boletín Oficial una resolución que modifica el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina , y por la cual, desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios. Así, lo que se ha determinado es que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador . En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial. La Resolución SSN 217/2024 que modi

El Senado de Santa Fe aprobó una ley para regular la instalación y funcionamiento de ferias "saladitas"


La Cámara de Senadores de la provincia de Santa Fe sancionó la ley que define un marco legal para regular la instalación, ampliación, modificación y funcionamiento de los establecimientos comerciales de múltiples puntos de venta denominados “ferias internadas, multipunto o cooperativas de comerciantes” o popularmente conocidas como "Saladas" o "Saladitas", en todo el territorio provincial. 

Ubicaciones. Requisitos

Aunque no podrá haber más de una en un radio de 10 kilómetros y no podrán ocupar más de mil metros cuadrados cuando el municipio o comuna tenga 35 mil habitantes; 1500 metros cuadrados cuando tengan 200 mil y 2.500 cuando tengan más de 200 mil.

Condiciones de infraestructura

Además las feria deberán instalarse donde haya servicios públicos esenciales como agua corriente, cloacas y baños. Deberá organizar su recorrido en un mínimo del 40% de su total y deberá contar con cocheras, en un mínimo de 30 %, además de tener áreas de carga y descarga.

No están incluidas

La nueva ley define un esquema de regulación para la habilitación y funcionamiento de estas ferias y excluye a todos los establecimientos que estén bajo la modalidad de galerías comerciales, establecimientos gastronómicos y a todas las ferias de la Economía Social. Es una norma que viene a proteger al comercio formal y a los consumidores.

No se podrán vender bebidas alcohólicas, productos pirotécnicos, armas o municipales, animales vvos, ni realizar actividades vinculadas con el juego de azar, apuestas o similares. En su artículo 20 la ley marca que municipios y comunas pueden requerir previa autorización de la feria, la opinión de las organizaciones representantes del comercio e industria local.



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