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Las compañías de seguro ya no podrán ofrecer servicio de grúa y auxilio mecánico

La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó este viernes en el Boletín Oficial una resolución que modifica el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina , y por la cual, desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios. Así, lo que se ha determinado es que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador . En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial. La Resolución SSN 217/2024 que modi

PREPAGAS: Cómo certificar mensualmente los ingresos para solicitar el tope de aumento de cuota


La Superintendencia de Servicios de Salud, a través de la Resolución 02/2023, reglamentó la aplicación del Decreto N° 743/2022 que establece que las personas que sean titulares de un plan de medicina prepaga que posean ingresos netos menores a 6 salarios mínimos, vitales y móviles, (hoy $ 406.458.-) pueden solicitar el tope de aumento de cuota hasta un 90% del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado, por un plazo de 18 meses consecutivos.

La Declaración Jurada de Certificación de Ingresos se deberá realizar del 1 al 20 de cada mes, ingresando con CUIT y clave fiscal con nivel de seguridad 3, como mínimo, al servicio “Mi SSSalud”, al que se accede desde el sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El procedimiento se detalla en la guía paso a paso ¿Cómo hacer la certificación de ingresos para usuarios de entidades de medicina prepaga?

Requisitos:

- Ser titular de un plan comercializado por una entidad de medicina prepaga

- Tener ingresos inferiores a 6 salarios mínimos, vitales y móviles (el SMVM vigente es de $ 67.743.- a partir del 1 de marzo $ 69.500.-)

- Poseer clave fiscal con nivel de seguridad 3, como mínimo.



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