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Las compañías de seguro ya no podrán ofrecer servicio de grúa y auxilio mecánico

La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó este viernes en el Boletín Oficial una resolución que modifica el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina , y por la cual, desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios. Así, lo que se ha determinado es que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador . En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial. La Resolución SSN 217/2024 que modi

El Gobierno reglamentó la ley de recetas electrónicas: Desde el 1/3 todo cambia ¿Que cambia?


El Gobierno Nacional reglamentó la ley de recetas electrónicas. Desde mañana ya no serán válidas las “recetas foto”, solo se podrá adquirir medicación en farmacias o droguerías a través de la orden médica en papel o con la receta electrónica o digital, un archivo que confecciona el médico a través de una plataforma digital, con firma electrónica certificada y una identificación única mediante código de barras o código QR.

A través del Decreto 98/2023, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo aprobó la reglamentación de la Ley N° 27.553 sancionada en julio de 2020. Además, el Ministerio de Salud emitió dos resoluciones complementarias mediante las cuales se dispuso la creación de la licencia sanitaria federal para profesionales de la salud matriculados en diferentes jurisdicciones (Resolución 304/2023) y se aprobó el proceso de inscripción de las plataformas digitales y apps que emiten recetas electrónicas con miras a su posterior registro y fiscalización (Resolución 305/2023).

“Lo que mañana va a ocurrir no es nada distinto a lo que viene ocurriendo, simplemente que ya no hay más posibilidades de seguir aceptando la receta foto, cosa que ya ocurre desde hace mucho tiempo en todas las provincias y en gran parte de la seguridad social, mientras había quedado un grupo especialmente de prepagas y sobre todo en el ámbito del AMBA que seguían aplicando esa modalidad (para pacientes con enfermedades crónicas)”, explicó ayer la jefa de gabinete de la cartera sanitaria Sonia Tarragona.

En ese sentido, recordó que “receta foto fue un instrumento temporario”, implementado de manera “excepcional” para evitar la movilidad de las personas durante la pandemia de COVID-19, pero ahora es necesario “volver a la normalidad que era y sigue siendo la receta papel con la firma manuscrita” o la receta electrónica con firma digital, “porque hay una ley de ejercicio profesional (de la medicina) y una ley de farmacia que establece cuando una receta es válida”.

A fines del año pasado, el Ministerio emitió la Resolución Nº3622/2022 que dispuso que ya no serían válidas, en reemplazo de la receta física, las fotos de recetas confeccionadas en papel y enviadas vía web, mail o WhatsApp a las farmacias para adquirir medicamentos en farmacias. Luego se acordó que los pacientes de obras sociales y prepagas con enfermedades crónicas que venían utilizando las recetas de medicamentos confeccionadas en papel y enviadas como foto a través de medios electrónicos, podrían continuar haciéndolo hasta el 28 de febrero.

Paso a paso.

Las recetas digitales no se efectuarán a través de una plataforma única unificada en todo el país. En esta primera instancia, que se prolongará por 12 meses, todas las plataformas que hoy están en uso podrán seguir utilizándose. Según el primer relevamiento de la cartera sanitaria, en el país se utilizan unas 50 apps o plataformas para confeccionar recetas electrónicas. Cada médico puede acceder a ellas a través del sistema público de cada jurisdicción (como en la Ciudad de Buenos Aires o la provincia de Buenos Aires), de algunas obras sociales -como Pami-, las provistas por las prepagas y hasta apps gratuitas que cada médico puede descargar en internet.

Cada plataforma digital debe poder validar la firma del profesional médico, la identidad del paciente, el nombre del medicamento y su dosificación. Todos estos aspectos en el primer año de implementación van a poder validarse en algunos casos y en otros no. De acuerdo a la experiencia de otros países, todo este proceso demora entre 5 y 10 años.

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