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Fallo judicial. Cuáles son los medicamentos de venta libre que ya no se podrán vender fuera de las farmacias

Desde la Cámara Contencioso Administrativo Federal se decidió darle lugar a la medida cautelar que fue solicitada por dos cámaras farmacéuticas y eliminar los efectos de distintos artículos comprendidos en el DNU 70/2023, como el que permitía la venta de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias. Los medicamentos de venta libre que ya no se podrán comprar por fuera de la farmacia serán los analgésicos y los antiácidos. Según un comunicado de la COFA (Confederación Farmacéutica Argentina) y la Fefara (Federación Farmacéutica de la República Argentina), “l a sentencia reconoce que la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica comercial, y reafirma, en línea con el precedente “Farmacity” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico “. Qué artículos del DNU 70/2023 se suspenden El fallo suspendió los artículos 313, 314, 3...

Se abrió la inscripción del programa Casa Propia para construcción. Requisitos y condiciones para acceder

 


El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat abrió la inscripción a la línea Casa Propia para construcción, que posibilita el acceso al crédito para la construcción de viviendas nuevas de hasta 60 metros cuadrados que se asienten en lote propio.

Esta línea ofrece financiación de 100% sin necesidad de contar con ahorros previos y para inscribirse es requisito ser argentino/a natural o por opción, o extranjero con residencia permanente.

Los interesados deben contar con ingresos provenientes de trabajos formales, jubilaciones y/o pensiones y la suma de los ingresos mensuales netos del grupo familiar deberá estar entre 1 y 8 SMVyM (Salarios Mínimos, Vitales y Móviles).

No se admitirán terrenos que se encuentren en barrios cerrados o privados, que su tasación supere los $3.500.000, o que no sean de titularidad de los/as solicitantes (salvo familiares directos).

Se deberá contar con título de propiedad del inmueble/boleto de compraventa o instrumento idóneo en caso de terrenos provenientes de organismos públicos.

Se podrán construir los modelos de viviendas del programa (a excepción de quienes construyan al fondo o arriba de la casa de sus padres).

El crédito deberá destinarse a la construcción de vivienda única, familiar y de ocupación permanente y no superar los 60 m2 de superficie.

Requisitos para acceder al préstamo Casa Propia

Para poder acceder al crédito Casa Propia, es necesario contar con estos requisitos:

• Ser argentino/a natural o por opción, o extranjero con residencia permanente.

• Contar con Documento Nacional de Identidad vigente.

• Contar con ingresos provenientes de trabajos formales, jubilaciones y/o pensiones. La suma de los ingresos mensuales netos del grupo familiar deberá estar entre 1 y 8 SMVyM (Salarios Mínimos, Vitales y Móviles).

• Tener entre 18 y 64 años al momento de la inscripción.

• No ser propietarios/as o copropietarios/as de bienes inmuebles, con excepción de los casos previstos en las Bases y Condiciones.

• No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos 9 meses.

• No encontrarse inhibido/a.

• Registrar 12 meses de antigüedad en la actividad (empleados/as e independientes).

• No se admitirán terrenos que: se encuentren en barrios cerrados o privados, que su tasación supere los $3.500.000, o que no sean de titularidad de los/as solicitantes (salvo familiares directos). Se deberá contar con título de propiedad del inmueble/boleto de compraventa o instrumento idóneo en caso de terrenos provenientes de organismos públicos.

• Solo será posible construir los Modelos de Viviendas del Programa (a excepción de quienes construyan al fondo o arriba de la casa de sus padres). El crédito deberá destinarse a la construcción de vivienda única, familiar y de ocupación permanente y no superar los 60 m2 de superficie.

Cotitularidad

Los y las participantes podrán incluir solo un/a cotitular, al que deberán estar unidos/as por

alguno de los siguientes vínculos:

• Matrimonio, en este caso, el/la cónyuge será considerado/a cotitular automáticamente.

• Unión convivencial.

• Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.

• Todas las notificaciones en el marco de las presentes bases y condiciones serán realizadas a la dirección de correo electrónico declarada por el/la participante en el formulario de inscripción.


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