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Fallo judicial. Cuáles son los medicamentos de venta libre que ya no se podrán vender fuera de las farmacias

Desde la Cámara Contencioso Administrativo Federal se decidió darle lugar a la medida cautelar que fue solicitada por dos cámaras farmacéuticas y eliminar los efectos de distintos artículos comprendidos en el DNU 70/2023, como el que permitía la venta de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias. Los medicamentos de venta libre que ya no se podrán comprar por fuera de la farmacia serán los analgésicos y los antiácidos. Según un comunicado de la COFA (Confederación Farmacéutica Argentina) y la Fefara (Federación Farmacéutica de la República Argentina), “l a sentencia reconoce que la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica comercial, y reafirma, en línea con el precedente “Farmacity” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico “. Qué artículos del DNU 70/2023 se suspenden El fallo suspendió los artículos 313, 314, 3...

Coronavirus: ¿Cuáles son los nuevos requisitos para ingresar al país? Rigen desde el 29 de enero 2022


Mediante la decisión administrativa (JGM) 63/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional estableció los nuevos requisitos para el ingreso al país por parte de Personas extranjeras no residentes; argentinos y residentes y personas extranjeras provenientes de países limítrofes o sus residentes. Establece además, pautas específicas para el ingreso de transportistas de carga y de pasajeros. Las nuevas medidas comenzaran a regir a partir del 29 de enero de 2022.

• Personas extranjeras no residentes

Las personas extranjeras no residentes deberán cumplimentar los siguientes requisitos sanitarios.

Con esquema de vacunación completo:

• Haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes de su ingreso al país. Las personas consignarán dicho extremo en la declaración jurada exigida por la Dirección Nacional de Migraciones.

• Contar con una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las 72 horas previas al inicio del viaje o una prueba de antígeno realizada en el país de origen dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje.

• Las personas vacunadas con esquema completo y testeado que resulten negativas estarán eximidas de realizar la cuarentena.

• Poseer un seguro de salud COVID-19 con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.

Con esquema de vacunación incompleto o no vacunado:

• Tramitar la excepción de vacunación por ante la autoridad competente solo cuando se reúnan las condiciones y los requisitos definidos por la autoridad sanitaria nacional, y contar con la constancia o certificación consular o de la autoridad competente de la excepción concedida, provengan o no de países limítrofes.

• Contar con una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las 72 horas previas al inicio del viaje o una prueba de antígeno realizada en el país de origen dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje.

• Realizar la cuarentena durante 7 días contados a partir del día siguiente a la toma de la prueba PCR o antígeno, salvo las personas menores de edad.

• Poseer un seguro de salud COVID-19 con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.

• Argentinos y residentes

Los argentinos y los residentes en la República Argentina quedarán alcanzados y alcanzadas por las siguientes disposiciones y requisitos sanitarios:

Con esquema de vacunación completo:

• Haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes de su ingreso al país.

• Para el caso de los argentinos que hubieran residido en el exterior durante al menos el último año, se entenderá por esquema de vacunación completo al definido por las autoridades sanitarias del país de residencia.

• Estarán eximidas de realizar la cuarentena

Con esquema de vacunación incompleto o no vacunadas:

• Contar con una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las 72 horas previas al inicio del viaje o una prueba de antígeno realizado en el país de origen dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje.

• Realizar la cuarentena durante 7 días contados a partir del día siguiente a la toma de la prueba PCR o antígeno, salvo las personas menores de edad.

• La norma también establece la autorización del ingreso en vehículos particulares de argentinos y personas residentes vacunados con esquema completo y que sean casos positivos que ya hayan completado 7 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas o la fecha de toma de muestra de prueba diagnóstica laboratorial.

Ingreso de vehículos de transporte de pasajeros y particulares

→ El ingreso en vehículo de transporte de pasajeros se autoriza a partir de cumplidos los 10 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas o la fecha de toma de muestra de prueba diagnóstica laboratorial.

→ También podrán ingresar en vehículos particulares argentinos y personas residentes que sean contactos estrechos vacunados asintomáticos, mientras que los contactos estrechos asintomáticos no vacunados que ingresen por ese medio deberán completar su aislamiento en el país.

• Personas extranjeras provenientes de países limítrofes o sus residentes.

Las personas extranjeras provenientes de países limítrofes o sus residentes que hubieran permanecido al menos los últimos 14 días en los mismos deberán cumplimentar los siguientes requisitos sanitarios:

Con esquema de vacunación completo:

• Haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes de su ingreso al país.

• Estarán eximidas de realizar la cuarentena

• Poseer un seguro de salud COVID-19

Con esquema de vacunación incompleto:

• Tramitar la excepción de vacunación por ante la autoridad competente solo cuando se reúnan las condiciones y los requisitos definidos por la autoridad sanitaria nacional, y contar con la constancia o certificación consular o de la autoridad competente de la excepción concedida, provengan o no de países limítrofes.

• Contar con una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las 72 horas previas al inicio del viaje o una prueba de antígeno realizada en el país de origen dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje.

• Realizar la cuarentena durante 7 días contados a partir del día siguiente a la toma de la prueba PCR o antígeno, salvo las personas menores de edad.

• Poseer un seguro de salud COVID-19.

En todos los casos, las personas que ingresen al país deberán portar consigo las constancias relativas al cumplimiento de los mencionados requisitos, con el fin de exhibirlas a los operadores de transporte cuando proceda o a las autoridades competentes en el punto de entrada o el lugar de estadía, que así lo requieran.

Además, la norma aclara que el costo de las pruebas PCR o antígeno quedará a cargo de la persona que ingrese al país.


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