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Las compañías de seguro ya no podrán ofrecer servicio de grúa y auxilio mecánico

La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó este viernes en el Boletín Oficial una resolución que modifica el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina , y por la cual, desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios. Así, lo que se ha determinado es que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador . En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial. La Resolución SSN 217/2024 que modi

Billetera Santa Fe, claves para utilizar la aplicación según los días y rubros estipulados.


Venimos tratando desde Consumidores en Red, el tema de la Billetera Santa Fe, el programa del gobierno provincial para incentivar el consumo, que tiene más de un millón de usuarios y día a día suma comercios adheridos. 

Recordemos que a través de la aplicación, los clientes reciben el 30% de reintegro en cada compra realizada en locales integrados al programa, en los rubros alimentos, indumentaria, calzados, juguetería/librería, muebles, colchonerías, marroquinerías, bazares, artículos de limpieza, bares, restaurantes, farmacias, perfumerías, turismo y un 20% en en informática y artículos del hogar. 

En los rubros cuyo reintegro es del 30% el Gobierno de la Provincia de Santa Fe soportará 25,5% y el comercio se hará cargo del 4,5% restante. En los casos de 20%, el reintegró será con el aporte del 17% del Gobierno de la Provincia y el 3% por el comercio;

Días y rubros 

• Promoción TODOS los días en alimentos, farmacias, bares/restaurantes y turismo;

• Los días LUNES, MARTES Y MIÉRCOLES en los demás rubros: indumentaria, calzados, juguetería/librería, muebles, colchonerías, marroquinerías, bazares, artículos de limpieza, perfumerías, informática y artículos del hogar. 

• El reintegro se acreditará a las 24 horas hábiles de realizada la compra en el “saldo virtual” de cada BILLETERA SANTA FE;

• El tope de reintegro es de $ 5.000.- por Billetera por mes, por lo menos hasta fin de año. Los responsables del programa dejaron la idea que a partir del 1/1/22 el reintegro podría elevarse.

En las farmacias, el reintegro se debe aplicar una vez deducidos los descuentos de la obra social.

El reintegro se efectúa  a las 24 hs en días hábiles. En el caso de haber realizado una compra un feriado, en el día hábil siguiente. 

Los comercios no pueden aplicar recargos. Cuando tratamos el tema en éste artículo, la directora de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor, María Betania Albrecht, informó que en caso de inconvenientes por recargos en el precio, limitación del uso de Billetera Santa Fe en determinados días, exigencia de una compra mínima para abonar con la aplicación, o cualquier otra práctica abusiva, es importante que los consumidores estén atentos y nos hagan llegar a nosotros sus reclamos, en virtud de ser la única autoridad de aplicación en la normativa de comercialización y protección de derechos de consumidores.

Denuncias

El Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología, a través de la Dirección Provincial de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor, en el marco del Programa Billetera Santa Fe, recuerda que ante inconvenientes en el uso de la herramienta la primera medida que deben adoptar las y los consumidores es realizar los reclamos ante la operadora del sistema, Plus Pagos.

Las vías habilitadas para realizar reclamos ante la mencionada operadora son el chat boot a través del número 3416470678 ó 3416170678 (Whatsapp)o por medio de un correo electrónico a info@pluspagos (plazo estimado de espera, 7 días).

Luego de realizar reclamos por la mencionada vía, la Dirección Provincial de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor es quien resulta competente para recibir, tramitar y resolver válidamente cualquier reclamo relativo a este Programa.

Ante dicha área las vías de reclamo son amplias y diversas para atender a las necesidades de los usuarios:

De manera presencial, solicitando turno en: https://turnos.santafe.gov.ar/turnos/web/frontend.php

→ En Santa Fe: Ministerio de la Producción, Pellegrini 3100 - 0800 555 6768 (opción 3) de 8 a 12, en días hábiles.

→ En Rosario: Mitre 930 – 3º Piso - (0341) 4721519-4721511 de 8 a 12, en días hábiles.

O a través de un trámite online en Ventanilla Única Federal: 

https://www.argentina.gob.ar/produccion/defensadelconsumidor/formulario

Finalmente, también se pueden presentar reclamos por Billetera Santa Fe ante las Oficinas Municipales o Comunales de Información al Consumidor (Omic/Ocic), creadas por convenio con el Gobierno Provincial y que trabajan con facultades descentralizadas en materia de protección de consumidores. El listado de Omic/Ocic se puede consultar ingresando al siguiente enlace:

https://www.santafe.gob.ar/index.php/web/content/download/259414/1365404/


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