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Las compañías de seguro ya no podrán ofrecer servicio de grúa y auxilio mecánico

La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó este viernes en el Boletín Oficial una resolución que modifica el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina , y por la cual, desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios. Así, lo que se ha determinado es que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador . En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial. La Resolución SSN 217/2024 que modi

Santa Fe, Nuevas disposiciones para quienes ingresen a la provincia desde el exterior; nuevos horarios para los gastronómicos y permisos para pesca deportiva

Se conocieron dos resoluciones del gobierno provincial que autoriza la pesca deportiva y navegación y establece nuevos horarios para locales gastronómicos

Locales gastronómicos

Por la Resolución 0255/2021 Amplía hasta el día 9 de julio de 2021 inclusive, los horarios, precisados en la norma, de atención de los locales gastronómicos (comprensivo de bares, restaurantes, heladerías y otros autorizados a funcionar como tales, con concurrencia de comensales).

a) los días 2, 3, 8 y 9 de julio, entre las seis (6) horas y las veintitrés (23) horas;

b) los días 4 a 7 de julio de 2021 inclusive, entre las seis (6) horas y las diecinueve (19) horas;

Fuera de los horarios establecidos en los incisos a) y b) precedentes, sólo podrán realizar actividad en las modalidades de reparto a domicilio y de retiro, siempre  que esta última se realice en locales de cercanía.

c) Las autoridades municipales y comunales deberán especificar en cada caso la cantidad de mesas que corresponda, a los fines de cumplir con el coeficíente máximo del treinta por ciento (30%) de ocupación. Esta determinación deberá informarse al público en lugar visible en el ingreso. 

Pesca deportiva y recreativa

Con la Resolución 0256/2021  desde la cero (0) hora del día 2 de julio de 2021 y hasta el día 9 de julio de 2021 inclusive, autorízase la pesca deportiva y recreativa y actividades afines en todo el territorio provincial se autoriza

a) La pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, ocupando en éste últímo caso un máximo del cincuenta por ciento (50 %) de la capacidad de transporte de personas habilitada para la embarcación por las autoridades competentes, debiendo ser menor en caso que con dicho porcentaje o pueda garantizarse el debido distanciamiento socíal.

Las actividades de guarderías náuticas, a los fines del retiro y depósito de las mbarcaciones para el desarrollo de las actívidades habilitadas por el presente. 

c) Navegación recreativa o deportiva, en cualquier tipo de embarcación. La navegación para el transporte de pasajeros en ningún caso podrá ser con el fin de realizar actividades recreativas, deportivas o reuniones sociales, pudiendo solo efectuarse para la concurrencia de personas a realizar actividades esenciales. 

Para quienes ingresen desde el exterior

Con el decreto 1050/2021 Dispónese, con carácter precautorio, medidas de aislamiento para quienes ingresen al territorio de la Provincia de Santa Fe por cualquier punto de la misma provenientes del extranjero, y con independencia del medio de transporte que empleen a tal fin. deberán observar en sus domicilios o lugar de residencia que denuncien, por el término de siete (7) días corridos desde su ingreso las medidas de aislamiento obligatorío a que hace referencia el artículo 7° del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 260/20, prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2021 por su similar N° 167/21, al que la Provincia adhiriera por Decreto N° 0173/21). 

Las personas que íngresen al territorio de la Provincia de Santa Fe provenientes del extranjero deberán, a los siete (7) días corridos de haber ingresado y haberse realizado un test diagnóstico para SARS-Cov-2, realizarse otro, previo a dar por concluida la medida de aislamiento correspondiente; lo que en ningún caso podrá verificarse sín contar en forma fehaciente con un test de resultado negativo.

De resultar positivo el nuevo test diagnóstico para SARS-Cov-2, el laboratorio que lo realice deberá arbitrar los recaudos para que la autoridad sanitaria nacional competente secuencie genómicamente la muestra de laboratorio y la autoridad sanitaria provincial realice el inmediato rastreo de los contactos estrechos de ese viajero o esa viajera, sobre la base de los mecanismos previstos para la trazabilidad de su ingreso y de traslado al lugar de aislamiento. 

En este segundo supuesto, la persona diagnosticada positiva de SARS-Cov-2 deberá continuar en aislamiento hasta obtener el alta correspondiente. 

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