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Las compañías de seguro ya no podrán ofrecer servicio de grúa y auxilio mecánico

La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó este viernes en el Boletín Oficial una resolución que modifica el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina , y por la cual, desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios. Así, lo que se ha determinado es que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador . En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial. La Resolución SSN 217/2024 que modi

Restricciones, alcances y vigencias: el futuro de las medidas en cuatro pasos sencillos. Qué se puede y qué no se puede hacer desde el lunes

Los decretos nacionales y provinciales que se superponen en medio de la pandemia de coronavirus suelen generar confusión. 

Entre la cuarentena total por la pandemia de coronavirus y la apertura sin límites existe un universo (cada vez más) amplio y (cada vez más) confuso que exige a los ciudadanos estar informados sobre cómo cambian las restricciones según la fecha y la actividad. Como un aporte ante esa realidad compleja, a continuación un repaso breve de los decretos, las medidas y sus vigencias en cuatro pasos.

Uno. Este domingo 30 de mayo se vence el confinamiento (o fase 1 con excepciones) de nueve días dictado por el presidente Alberto Fernández (comenzó el sábado 22).

El gobernador Omar Perotti adhirió a esa medida que implicó la prohibición de circulación después de las 18 y la gran mayoría de los comercios cerrados, salvo esenciales o de alimentos.

Dos. Desde el lunes 31 de mayo y hasta el viernes 4 de junio inclusive rigen en Santa Fe las nuevas medidas anunciadas por Perotti este sábado. Se trata de una flexibiliación con respecto al confinamiento del DNU nacional aunque siguen varias restricciones. (ver más abajo)

::: > Las clases serán virtuales. Comercios cerrarán a las 17 y los esenciales y de alimentos a las 19. Se prohibe la utilización de autos particulares desde las 18 y hasta las 6. Bares y restaurantes con clientes hasta las 19 y después por delivery y take away. 

Tres. Dentro de una semana, el sábado 5 y el domingo 6, como ya estableció el gobierno nacional, se vuelve al confinamiento estricto que funcionó durante los nueve días anteriores.

Salvo por el paréntesis de estos cinco días hábiles, habrá once días de baja circulación y cuidados sanitarios para frenar el impacto de la segunda ola, que en Santa Fe es muy grave (o "hipercrítica", como dijo este sábado la ministra Sonia Martorano).

Cuatro. A partir del lunes 7 de junio y hasta el viernes 11, cederá el confinamiento estricto y habrá nuevos cinco días hábiles que, de acuerdo al DNU presidencial, volverán a regir las medidas aplicadas entre el lunes 31 de mayo y viernes 4 de junio (punto Dos).

Eso último, por supuesto, puede sufrir cambios si las curvas de contagios, de fallecidos y la saturación de camas críticas no mejoran.

Recién el sábado 12 de junio se vencen los alcances del decreto comunicado por Fernández el pasado 20 de mayo. A partir de ese día, al menos hasta ahora, se deberán dictar nuevas normas de convivencia en estos difíciles tiempos de pandemia.

Con el decreto provincial publicado, qué se puede y qué no se puede hacer desde el lunes

Este sábado al mediodía, el gobernador Omar Perotti firmó el decreto provincial 0735/2021 y ordenó su publicación. Allí están detalladas las actividades que estarán permitidas y aquellas que seguirán suspendidas a partir de este lunes 31 de mayo, con vigencia hasta el domingo 6 de junio. Vale aclarar que el fin de semana próximo, el del 5 y 6 de junio, vuelve a entrar en vigencia el DNU nacional de confinamiento estricto.

Así las cosas, a partir del próximo lunes 31 de mayo y hasta el viernes 4 de junio regirá en todo el territorio provincial el siguiente esquema: 

- Circulación: prohibida para los vehículos particulares desde las 18 hasta las 6 de la mañana del día siguiente y solo se podrá circular con una autorización para la actividad laboral habilitada o para casos de fuerza mayor, como por ejemplo acudir al médico para un control o un estudio particular. 

Para las actividades habilitadas, se indica concurrir a los lugares de cercanía, evitando el uso de vehículos particulares. 

- Comercios: van a poder abrir sus puertas hasta las 17 y hasta las 19 los de venta de alimentos. O sea que, a diferencia de la semana pasada, los clientes van a poder ingresar a los locales con todas las medidas de cuidado por la pandemia y con el aforo correspondiente. Siguen cerrados los shoppings y centros comerciales.

- Gastronomía: los bares y restaurantes van a poder atender a sus clientes desde las 6 de la mañana y hasta las 19. Fuera de ese horario, van a poder trabajar con delivery o modalidad take away. En este caso, se hace la salvedad que es hasta el viernes 4 de junio, porque le fin de semana del 5 y 6 de junio vuelven las restricciones más duras de Nación y no podrán abrir. 

- Clases: deberán continuar en forma virtual. La diferencia la semana próxima con la anterior es que los y las docentes podrán concurrir a los establecimientos educativos, ya sea para cumplir con otras tareas (sobre todo en escuelas con comedores u otras funciones sociales y barriales) o dar clases virtuales desde la escuela. 

Actividades que quedan suspendidas

- Reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para lso convivientes, y también al aire libre en espacios públicos. 

- Práctica recreativa de deportes grupales de contacto tanto en espacios cerrados como al aire libre.

- Funcionamiento de clubes, natatorios, gimnasios y establecimientos afines, incluidas las canchas de fútbol 5. 

- Locales de eventos o fiestas infantiles, conocidos como peloteros. 

- Competencias deportivas provinciales, zonales o locales, tantos profesionales como amateurs.

- Realización de eventos religiosos, tanto públicos como privados, en espacios cerrados y al aire libre. 

- Discotecas, salones de eventos y de fiestas.

- Salas de juego, casinos y bingos.

- Locales comerciales, cines, bares, restaurantes, patios de comidas y juegos infantiles en shoppings, centros comerciales y paseos comerciales. 

- Cines, teatros, centros culturales, salas y complejos cinematográficos y afines, incluidos con funcionamiento al aire libre.

- Actividad de artistas en bares y restaurantes.

- Actividad artística y artesanal a cielo abierto en plazas, parques o paseos. Quedan afuera de la suspensión las ferias francas de comercialización de alimentos. 

- Actividad hípica en hipódromos. 

- Asambleas y actos eleccionarios. 

- Pesca deportiva y recreativa. 

- Navegación deportiva o recreativa. 

Teletrabajo

Continuarán bajo la modalidad de trabajo remoto o home office las siguientes actividades: profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros habilitados (no están comprendidos los profesionales de la salud y el notariado para trámites que requieran sí o sí la presencialidad); actividad inmobiliaria y aseguradora; administrativas de sindicatos, entidades gremiales, entidades deportivas y civiles, obras sociales y de universidades nacionales; actividades administrativas de empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios.  


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Fuente: Rosario 3

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