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Fallo judicial. Cuáles son los medicamentos de venta libre que ya no se podrán vender fuera de las farmacias

Desde la Cámara Contencioso Administrativo Federal se decidió darle lugar a la medida cautelar que fue solicitada por dos cámaras farmacéuticas y eliminar los efectos de distintos artículos comprendidos en el DNU 70/2023, como el que permitía la venta de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias. Los medicamentos de venta libre que ya no se podrán comprar por fuera de la farmacia serán los analgésicos y los antiácidos. Según un comunicado de la COFA (Confederación Farmacéutica Argentina) y la Fefara (Federación Farmacéutica de la República Argentina), “l a sentencia reconoce que la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica comercial, y reafirma, en línea con el precedente “Farmacity” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico “. Qué artículos del DNU 70/2023 se suspenden El fallo suspendió los artículos 313, 314, 3...

Es oficial: que actividades estarán suspendidas y cuales permitidas en la provincia a partir del viernes


El Gobernador Omar Perotti realizó el anuncio general y luego la ministra de Salud, Sonia Martorano, detalló las nuevas medidas para tratar de frenar la segunda ola de contagios de coronavirus. Y cerca de la medianoche se publicó el decreto con la firma del gobernador. Lo que se podrá y lo que no se podrá hacer al menos hasta el 2 de mayo

Martorano completó los anuncios generales del gobernador con la denominada “letra chica” del decreto y aclaró que “se sostendrá la actividad productiva, las clases presenciales con la modalidad de burbuja y las actividades religiosas con un aforo del 30 por ciento”.

Al mismo tiempo, detalló que la actividad comercial se habilitará hasta las 19 horas y los comercios de productos alimenticios podrán funcionar hasta las 20.

☑  Los bares y locales gastronómicos podrán permitir el ingreso de personas hasta las 23.

☑  Se suspenderán actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para asistencia de personas.

☑  Tampoco podrán realizarse prácticas recreativas de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas o que no permitan mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre participantes.

☑  Se suspenderán actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas.

☑  Los vehículos particulares no podrán transitar después de las 21 y hasta las 6 de la mañana del día siguiente. Este martes trascendió que la cirulación sería hasta las 20.30, pero luego se ajustó a las 9 de la noche. 

☑  En el caso de la circulación nocturna se requerirá un permiso de trabajador o personal esencial. 

También Martorano informó que “las autoridades municipales y comunales podrán disponer en sus respectivos distritos mayores restricciones”.

En los distritos donde exista transporte público de pasajeros de jurisdicción municipal, las autoridades locales procurarán disponer horarios para el inicio de las actividades comerciales y demás habilitadas que no se superpongan con los dispuestos por el Ministerio de Educación para la actividad escolar presencial, a los fines de evitar la aglomeración de personas en las unidades de transporte y en los lugares de ascenso y descenso de pasajeros.


El gobierno provincial indicó que las medidas tendrán vigencia entre las 0 horas del día 23 de abril y las 24 horas del 2 de mayo de 2021.

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