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Las compañías de seguro ya no podrán ofrecer servicio de grúa y auxilio mecánico

La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó este viernes en el Boletín Oficial una resolución que modifica el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina , y por la cual, desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios. Así, lo que se ha determinado es que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador . En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial. La Resolución SSN 217/2024 que modi

Coronavirus: se conoció el Decreto del gobernador Perotti con las restricciones horarias. Ayer se registraron 18 nuevos casos en el Depto. Obligado.


La Región de Salud informó anoche que este domingo 10/01  fueron confirmados 18 nuevos casos de COVID-19 en el departamento General Obligado. Con estos registros, suman 4.007 casos positivos, de los cuales 3.323 son pacientes recuperados y 604 son casos confirmados activos. Se registraron 5 muertes atribuibles a ésta enfermedad, el total al momento: 80.  Los casos confirmados cada 1.000 habitantes se ubica en 20.4, en tanto que la tasa de letalidad se elevó al 2.0%37 pacientes se encuentran internados.

Distribución de los registros

Los casos se registraron en Reconquista 11 alcanzando 390 en lo que va del mes; Avellaneda 3 y un total de 116 en enero; 1 en Malabrigo llega a 22 y 3 en Villa Ocampo alcanzando 12 desde el 1 de enero. Las Toscas si bien no registró casos positivos, lleva 8 casos registrados en el mismo período


Decreto provincial 006/2021

El Decreto 6/2021 adhiere al Decreto nacional 4/2021 que rige desde las 0 horas de este lunes 11 de enero establece que queda restringida la circulación vehicular en la vía pública a lo estrictamente necesario para realizar actividades habilitados en el marco del DISPO desde las 0,30 a las 6,00 horas de lunes a viernes y desde las 1,30 y 6,00 horas los dias sábados, domingos y feriados.

Los locales gastronomicos (bares, restaurantes, heladerías y afines con y sin concurrencia de comensales, inlcuyendo el servicio de envio a domicilio; salones de eventos, de fiestas y similares habolitados como bares o restarurantes por las autoridades municipales y comunales) podrán permanecer abiertos hasta las 0,30 los días de semana y hasta las 1,30 los fines de semana y vísperas de feriados

Los intendentes y presidentes de comuna podrán disponer -consulta previa con autoridades del Ministerio de Salud- mayores restricciones a los horarios de circulación. Podrán suspenderse actividades habilitadas cuando las condiciones epidemiológicos de cada localidad lo exijan.

Se prevé la actuación policial para hacer cesar la actividad infractora y cooperar en con las autoridades judiciales y las fuerzas federales destacadas en el territorio provincial 


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