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Las compañías de seguro ya no podrán ofrecer servicio de grúa y auxilio mecánico

La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó este viernes en el Boletín Oficial una resolución que modifica el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina , y por la cual, desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios. Así, lo que se ha determinado es que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador . En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial. La Resolución SSN 217/2024 que modi

Resumen de restricciones para la compra de dólares


Este jueves 1 de octubre se renovó el cupo 200 dólares para la compra en bancos, al iniciar un nuevo mes. Sin embargo, habrá que tener en cuenta las últimas medidas del Banco Central para las operaciones cambiarias.

Las normativas establecen un recargo de 35% a cuenta del Impuesto a las Ganancias, así como nuevas restricciones para el acceso a la moneda estadounidense y afectan al límite mensual del dólar ahorro por las compras con tarjeta en moneda extranjera, entre otras cosas.

Los bancos ya adecuaron sus sistemas a los nuevos criterios y condiciones oficiales, luego de ocho días hábiles sin ofrecer el servicio de compra de dólares. Desde entonces, los clientes de cada banco pueden acceder a las divisas, pero para ello deben aceptar los términos de la declaración jurada que solicitan las entidades para continuar con la transacción.

¿Qué dice la declaración jurada para comprar dólares?

Para comprar dólares, es necesario declarar bajo juramento que el cliente es residente de la República Argentina. Los bancos advierten que cualquier irregularidad o inexactitud puede tener consecuencias en el régimen penal cambiario.

Quien busque comprar dólares se debe comprometer "a no concertar en el país operaciones de títulos valores con liquidación en moneda extranjera" a partir del momento en que requiere el acceso "y por los 90 días corridos subsiguientes". En la misma línea, declara no haber concertado en el país ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior en el día en que solicita acceso al mercado de cambios para cursar la presente operación ni en los 90 días corridos anteriores.

El cliente debe asegurar que el cupo de USD200 mensual (o la porción del cupo que se consumirá en la operación a realizar) no está ya completo por haber realizado consumos en el exterior con tarjeta de crédito o la tarjeta de débito vinculada a su cuenta en pesos, o por haber adquirido moneda extranjera a partir del 1 de septiembre.

Si realizó operaciones de títulos valores con el objeto de participar en el proceso de canje de títulos públicos abierto por el Gobierno Nacional o de la Provincia de Buenos Aires, el cliente se compromete a presentar la correspondiente certificación de los bonos canjeados.

No pueden comprar dólares

→ Quienes reciban planes sociales o subsidios derivados de algún plan o programa caracterizado como de ayuda social incluyendo los subsidios de carácter alimentario–, (por ejemplo, IFE, Plan Garrafa, AUH o Progresar)

→ Personas que perciben o percibieron sus haberes por medio del Programa Asistencia al Trabajo y Producción (ATP). 

→ Personas que accedieron a los siguientes beneficios (en el marco de la emergencia COVID-19):

✔ Líneas de crédito:

    • “Créditos a Tasa Cero',

    • “Créditos a Tasa Cero Cultura',

    • 'Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas' o la financiación especial de líneas MiPyme.

✔ Cualquier tipo de Refinanciación

    • Congelamiento de las cuotas de tus préstamos hipotecarios para vivienda única o prendarios UVA

    • Diferimiento de cuotas de tu Préstamo Personal al final del plazo

    • Refinanciación de tu tarjeta de crédito en abril o septiembre de 2020.

→ Quienes hayan efectuado ventas con Liquidación en moneda extranjera de títulos valores o transferencias al exterior en los últimos 90 días (y viceversa)

Además:

→ Una cuenta en moneda extranjera, solo podrá recibir acreditaciones provenientes de compras del cupo mensual de cambios, por parte de uno solo de sus titulares/cotitulares. 

→ Para las personas que no estén comprendidas dentro de las definiciones anteriores:

    • El Banco deberá realizar una consulta al BCRA para verificar que la operación esté habilitada.

→ Otros aspectos a tener en cuenta: 

El límite de compra de dólares para ahorro se mantiene en U$S 200 mensuales.

El mismo se verá reducido por los pagos realizados en pesos de saldos de tarjetas de crédito en moneda extranjera que se realizaron a partir de septiembre.

Asimismo, reducen el cupo los consumos en el exterior realizados con la tarjeta de débito contra la cuenta en pesos.

En el caso de exceder el límite mensual, se computará para los meses subsiguientes.

Al Impuesto País del 30% se suma una percepción del 35% a cuenta de Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales.

Las extracciones de caja de ahorro en moneda extranjera que se realicen en el exterior, no están alcanzadas por esta normativa con lo cual vas a poder operar de manera habitual


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Fuentes: BAE / Cr. Jorge Vega

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