LO ULTIMO ►

Fallo judicial. Cuáles son los medicamentos de venta libre que ya no se podrán vender fuera de las farmacias

Desde la Cámara Contencioso Administrativo Federal se decidió darle lugar a la medida cautelar que fue solicitada por dos cámaras farmacéuticas y eliminar los efectos de distintos artículos comprendidos en el DNU 70/2023, como el que permitía la venta de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias. Los medicamentos de venta libre que ya no se podrán comprar por fuera de la farmacia serán los analgésicos y los antiácidos. Según un comunicado de la COFA (Confederación Farmacéutica Argentina) y la Fefara (Federación Farmacéutica de la República Argentina), “l a sentencia reconoce que la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica comercial, y reafirma, en línea con el precedente “Farmacity” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico “. Qué artículos del DNU 70/2023 se suspenden El fallo suspendió los artículos 313, 314, 3...

Congelan precios de telefonía, Internet y cable hasta fin de año: Gobierno los declaró servicios esenciales

Se publicó en el Boletín Oficial de este sábado el DNU 690/2020 por el cual el gobierno nacional congeló las tarifas de internet, telefonía fija, de celular y TV paga hasta el 31/12/2020. Esta suspensión se aplicará a los servicios de televisión satelital por suscripción. Las prestadoras deberán dar adecuada publicidad a lo dispuesto en el presente decreto respecto de los servicios a su cargo. Por otra parte, se incorpora como servicio público, al servicio de telefonía móvil en todas sus modalidades. Los precios de estos servicios serán regulados por la autoridad de aplicación

 La norma, establece que los Servicios de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y el acceso a las redes de Telecomunicaciones para y entre licenciatarios de servicios TIC (Tecnologías de la información y las comunicaciones) son servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia. La autoridad de aplicación garantizará su efectiva disponibilidad.

Los precios de los servicios públicos esenciales y estratégicos de las TIC en competencia, los de los prestados en función del Servicio Universal y los de aquellos que determine la autoridad de aplicación por razones de interés público, serán regulados por esta (ENACOM)

La autoridad de aplicación establecerá en la reglamentación la prestación básica universal obligatoria que deberá ser brindada en condiciones de igualdad.

Suspensión de tarifas 

Suspende, en el marco de la emergencia ampliada por el Decreto N° 260/20, cualquier aumento de precios o modificación de los mismos, establecidos o anunciados desde el 31 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020 por los licenciatarios TIC, incluyendo los servicios de radiodifusión por suscripción mediante vinculo físico o radioeléctrico y los correspondientes al servicio de telefonía fija o móvil, en cualquiera de sus modalidades.

Esta suspensión se aplicará a los servicios de televisión satelital por suscripción.

Las prestadoras deberán dar adecuada publicidad a lo dispuesto en el presente decreto respecto de los servicios a su cargo.



Comentarios