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Fallo judicial. Cuáles son los medicamentos de venta libre que ya no se podrán vender fuera de las farmacias

Desde la Cámara Contencioso Administrativo Federal se decidió darle lugar a la medida cautelar que fue solicitada por dos cámaras farmacéuticas y eliminar los efectos de distintos artículos comprendidos en el DNU 70/2023, como el que permitía la venta de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias. Los medicamentos de venta libre que ya no se podrán comprar por fuera de la farmacia serán los analgésicos y los antiácidos. Según un comunicado de la COFA (Confederación Farmacéutica Argentina) y la Fefara (Federación Farmacéutica de la República Argentina), “l a sentencia reconoce que la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica comercial, y reafirma, en línea con el precedente “Farmacity” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico “. Qué artículos del DNU 70/2023 se suspenden El fallo suspendió los artículos 313, 314, 3...

0,7% fue el aumento de los precios de consumo masivo durante junio 2020


El nivel de precios al consumidor representativo del total de hogares de la ciudad de Las Toscas, registró en junio una variación del 0,7% con relación al mes de mayo 2020, según informó la consultora CCM a la que accedimos. 

23,1% es la inflación minorista de productos de consumo masivo en los seis primeros meses del año. Como datos de relieve, productos de almacén: aumentó en promedio el 1,8%; bebidas: 1,4%; carnes y aves: 0,64%; la caída de precios de frutas y verduras (-18,4%) se da por la variación negativa del tomate redondo: -39,4%. Los productos lácteos que sigue el muestreo marcan una suba del 5,8%, en tanto que los fiambres y embutidos el 0,8%. Se dieron retrocesos de precios en productos de limpieza (-5,4%) e higiene personal (-2,5%)


Al mismo tiempo la consultora informó que ante la continuidad de las restricciones de circulación según el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 520/20 del Poder Ejecutivo Nacional, por cuyo artículo 2º se establece hasta el día 17 de julio de 2020 inclusive el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”, continuó con modalidades no presenciales en la captura de datos y análisis de relevamiento (como la consulta telefónica, el correo electrónico y la modalidad online con los informantes), en línea con lo que había sugerido el IPEC Santa Fe.


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