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Fallo judicial. Cuáles son los medicamentos de venta libre que ya no se podrán vender fuera de las farmacias

Desde la Cámara Contencioso Administrativo Federal se decidió darle lugar a la medida cautelar que fue solicitada por dos cámaras farmacéuticas y eliminar los efectos de distintos artículos comprendidos en el DNU 70/2023, como el que permitía la venta de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias. Los medicamentos de venta libre que ya no se podrán comprar por fuera de la farmacia serán los analgésicos y los antiácidos. Según un comunicado de la COFA (Confederación Farmacéutica Argentina) y la Fefara (Federación Farmacéutica de la República Argentina), “l a sentencia reconoce que la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica comercial, y reafirma, en línea con el precedente “Farmacity” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico “. Qué artículos del DNU 70/2023 se suspenden El fallo suspendió los artículos 313, 314, 3...

Las Toscas, se reglamentaron las actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio


En el marco de la Decisión Administrativa 524/2020 del Gobierno Nacional que estableció las excepciones al aislamiento social preventivo y obligatorio, se conoció el Decreto 28/2020 del Ejecutivo Municipal de Las Toscas que establece el horario de 7 a 14 de lunes a viernes para las siguientes actividades:

• Venta de mercaderías ya elaboradas de comercios minoristas (indumentaria, calzados, marroquinerías, electrónicas, electrodomésticos, juegos y juguetes, cuidado personal, corralones, mercerías, madereras y aserraderos y afines), a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a  domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística emitidos por este Municipio.

• Establecimientos y/o comercios, y/o empresas que desarrollen actividades de cobranzas de servicios e impuestos, esto es Pago Fácil, Rapipago, Santa Fe Servicios, entre otros

• Oficinas de rentas provincial y municipal, con sistema de turnos y guardias mínimas. (Hemos consultado y el horario de atención de la caja municipal es de lunes a viernes de 8 a 12 horas)

• Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, siempre con turnos previos.

• Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnósticos por imagen, con sistema de turnos previos

• Opticas, con turnos acordados previamente.

• Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías asegurados que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios.

Delivery
En otras disposiciones, los comercios minoristas dispondrán de una (1) persona para realizar la distribución de sus ventas (delivery) y de un (1) sólo vehículo para realizarla;  y describe el decreto que la movilidad será con automóvil y/o motocicleta; la persona habilitada y el vehículo a los fines del control que deba realizar la autoridad de aplicación, deben inscribirse previamente en dependencias municipales.




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