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Las compañías de seguro ya no podrán ofrecer servicio de grúa y auxilio mecánico

La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó este viernes en el Boletín Oficial una resolución que modifica el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina , y por la cual, desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios. Así, lo que se ha determinado es que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador . En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial. La Resolución SSN 217/2024 que modi

El gobernador Perotti exceptuó nuevas actividades economicas del aislamiento social preventivo y obligatorios


El gobernador Omar Perotti firmó el decreto N° 367, mediante el cuál se exceptúa nuevas actividades económicas del aislamiento social, preventivo y obligatorio, dispuesto por el gobierno nacional ante la emergencia sanitaria por la pandemia de Covid - 19.

Quedan excluidas, estas excepciones, las localidades que integran los aglomerados urbanos Gran Rosario y Gran Santa Fe y la ciudad de Rafaela, con las localidades colindantes: Lehmann, Bella Italia, Susana y Presidente Roca.

La norma autoriza las obras privadas, con no más de cinco trabajadores, profesionales o contratistas de distintos oficios desarrollando tareas simultáneamente en el lugar, y siempre que los trabajos no impliquen ingresar a viviendas con residentes, locales o establecimientos en funcionamiento; y a las actividades de cobranza a domicilio, cumplimentando el uso obligatorio de los elementos de protección, tanto el que efectúa el cobro como el que efectúa el pago.

Asimismo, habilita a talleres mecánicos, lavaderos y servicios de mantenimiento y reparación de automóviles y motovehículos, con turno previo tanto de entrega, como de retiro de las unidades, los que deberán tener no más de tres personas desarrollando tareas simultáneamente en el lugar.

Por último, autoriza, en las localidades de hasta 5.000 habitantes, la apertura de comercios minoristas de venta de mercaderías, que deben cumplir con el uso obligatorio de los elementos de protección de nariz, boca y mentón y el distanciamiento social.

El Ministerio de Salud deberá realizar un monitoreo de la evolución epidemiológica y sanitaria, ante las excepciones dispuestas; y en el caso de que la evolución de la situación epidemiológica lo aconseje, podrá recomendar la suspensión total o parcial con carácter preventivo de las excepciones.





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