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Fallo judicial. Cuáles son los medicamentos de venta libre que ya no se podrán vender fuera de las farmacias

Desde la Cámara Contencioso Administrativo Federal se decidió darle lugar a la medida cautelar que fue solicitada por dos cámaras farmacéuticas y eliminar los efectos de distintos artículos comprendidos en el DNU 70/2023, como el que permitía la venta de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias. Los medicamentos de venta libre que ya no se podrán comprar por fuera de la farmacia serán los analgésicos y los antiácidos. Según un comunicado de la COFA (Confederación Farmacéutica Argentina) y la Fefara (Federación Farmacéutica de la República Argentina), “l a sentencia reconoce que la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica comercial, y reafirma, en línea con el precedente “Farmacity” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico “. Qué artículos del DNU 70/2023 se suspenden El fallo suspendió los artículos 313, 314, 3...

La ANMAT prohibió las galletitas dulces «Doninas» que podrían causar alergias


La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió a través de la disposición 1261/2020, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la comercialización de una serie de galletitas dulces marca “Doninas”, por considerar que podrían generar distintas alergias. Fueron considerados ilegales. 

Se trata de los siguientes productos: Galletitas dulces con arándanos y ciruelas secas sabor frambuesa. Libre de gluten. Sin TACC, DONINAS, RNPA: 025/08000357-7/004”, de las Galletitas dulces con nueces y maní sabor avellanas. Libre de gluten Sin TACC, DONINAS, RNPA: 025/08000357-7/003”, de las Galletitas dulces con chips sabor chocolate. Libre de gluten. Sin TACC, DONINAS, RNPA: 025/08000357-7/001” y de las Galletitas dulces con semillas de lino, sésamo, chía, maní y girasol. Libre de gluten. Sin TACC, DONINAS, RNPA: 025/08000357-7/002”.

Entre los considerandos, el organismo señaló en su página web que, por el caso iniciado por el Departamento Provincial de Bromatología de la Dirección de Salud de la provincia de Chubut, aconseja a “la población susceptible de sufrir reacciones alérgicas a la leche, huevo, nueces, maní y/o soja que hayan comprado o tengan los productos que se abstenga de consumirlos".

Por otra parte, la ANMAT añadió: “De la evaluación de las actuaciones surge que los productos en cuestión infringen los artículos 6 bis, 155 y 235 séptimo del CAA, por estar falsamente rotulados y por no consignar en sus rótulos la adecuada declaración de alérgenos, resultando ser en consecuencia productos ilegales”.


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