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Las ventas minoristas cayeron 2,6% interanual en agosto y crece la dependencia de promociones y planes de pago

Las ventas minoristas de las pymes retrocedieron 2,6% interanual en agosto, cayendo por cuarto mes consecutivo, y volvieron a tener una merma mensual, exhibiendo un aumento en la dependencia del financiamiento para concretar las compras, de acuerdo a un relevamiento elaborado por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME). El dato implica un nuevo descenso tras la caída del 2% en julio, el 0,5% en junio y el 2,9% en mayo, que había cortado con cinco meses de mediciones positivas, desde el 17,7% de diciembre, el 25,5% de enero, un 24% en febrero, un 10,5% en marzo y un 3,7% en abril. A pesar de la sucesión de retrocesos en los últimos registros, en lo que va del 2025 las ventas acumulan un crecimiento interanual del 6,2%, “marcando una mejora respecto al mismo período del año pasado”, precisó el reporte. En la comparación mensual desestacionalizada, el Índice de Ventas Minoristas Pymes arrojó que los comercios registraron un nuevo descenso en el consumo del 2,2% en el octav...

La ANMAT dispuso el retiro preventivo de galletitas dulces marca "DONINAS"


La ANMAT informa a la población alérgica a la leche, huevo, maní y/o soja que la empresa Julia Clarissa Fontana (RNE 025/08000357-7) se encuentra realizando el retiro voluntario preventivo del mercado de los siguientes productos:

→ Galletitas dulces con arándanos y ciruelas secas sabor frambuesa. Libre de gluten. Sin TACC, “DONINAS”, RNPA: 025/08000357-7/004

→ Galletitas dulces con nueces y maní sabor avellanas. Libre de gluten Sin TACC, “DONINAS”, RNPA: 025/08000357-7/003

→ Galletitas dulces con chips sabor chocolate. Libre de gluten. Sin TACC, “DONINAS”, RNPA: 025/08000357-7/001

→ Galletitas dulces con semillas de lino, sésamo, chía, maní y girasol. Libre de gluten. Sin TACC, “DONINAS”, RNPA: 025/08000357-7/002

Esta medida se debe a que los productos no incluyen en su rótulo la declaración de alérgenos: “Puede contener leche, huevo, maní y soja” (art. 235 inc. 7° del Código Alimentario Argentino).

Las acciones se iniciaron como consecuencia de las tareas de fiscalización realizadas por el Departamento Provincial de Bromatología de la provincia de Chubut y el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología de la provincia de Entre Ríos (ICAB), a partir de una denuncia recibida por el INAL- ANMAT.

Esta Administración Nacional, junto al Departamento Provincial de Bromatología de la provincia de Chubut y al ICAB de Entre Ríos, se encuentran coordinando las acciones preventivas con todas las autoridades sanitarias provinciales y municipales del país, a los fines de monitorear el retiro del mercado del producto.

Por lo expuesto, la ANMAT recomienda:

A las personas alérgicas que hayan comprado o tengan en su poder estos productos, se abstengan de consumirlos.

A quienes expendan los productos mencionados, cesen su comercialización.


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