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Fallo judicial. Cuáles son los medicamentos de venta libre que ya no se podrán vender fuera de las farmacias

Desde la Cámara Contencioso Administrativo Federal se decidió darle lugar a la medida cautelar que fue solicitada por dos cámaras farmacéuticas y eliminar los efectos de distintos artículos comprendidos en el DNU 70/2023, como el que permitía la venta de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias. Los medicamentos de venta libre que ya no se podrán comprar por fuera de la farmacia serán los analgésicos y los antiácidos. Según un comunicado de la COFA (Confederación Farmacéutica Argentina) y la Fefara (Federación Farmacéutica de la República Argentina), “l a sentencia reconoce que la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica comercial, y reafirma, en línea con el precedente “Farmacity” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico “. Qué artículos del DNU 70/2023 se suspenden El fallo suspendió los artículos 313, 314, 3...

Una obra social deberá indemnizar a una mujer por las "horas de su vida" perdidas en trámites


La Sala A de la Cámara Federal de Rosario confirmó una sentencia en contra de una obra social y la condenó a pagarle $100.000 a una mujer por haber dilatado la cobertura médica de su hija discapacitada -a pesar de que ya había sido ordenada judicialmente- y haberle hecho "perder horas de su vida" en trámites para tratar de conseguirla.

El fallo concluyó que la Obra Social de Docentes Particulares (OSDOP)  "tuvo una conducta reticente y dilatoria al momento de cumplir con las prestaciones a su cargo, incumpliendo lo ordenado mediante sentencia firme", que había sido dictada en octubre de 2017.

Esto llevó a que, durante los años en que transcurrió el conflicto entre las dos partes, la mujer tuviera que encontrar maneras alternativas de costear la atención médica que su hija necesitaba. Al mismo tiempo, debió pagar también el costo de numerosas cartas de documento enviadas a la obra social, en las que exigió se le reintegraran los gastos en los que incurrió.

Para fundamentar la decisión, los jueces se basaron en los testimonios de distintos médicos que trataron a la mujer y su hija, quienes confirmaron la veracidad de sus reclamos.

"Lo que yo me acuerdo es que M. T. tenía muchos inconvenientes al momento de que le reconocieran algunas prestaciones, los tiempos en que le reconocían y básicamente en lo que a mí me compete, con respecto a la medicación, tenía muchas dificultades al momento de presentar la documentación para que se le autorizara la medicación en tiempo y forma", graficó al respecto uno de los testigos.

Otro testigo indicó que la situación llegó a un extremo tal que compañeros de trabajo de la mujer juntaron dinero para ayudarla, y que también solicitó asistencia a la municipalidad de Pérez, distrito en el que vive.

Comprobado el incumplimiento por parte de la obra social, la Cámara concluyó que la mujer "no encontró una respuesta satisfactoria en la atención recibida", sino que por el contrario, "la situación por ella vivida durante muchos años, la pérdida de horas de su vida en las tramitaciones que se vio obligada a realizar, le han significado un padecimiento espiritual digno de ser indemnizado a título de daño moral".

Por ende, además de confirmar la sentencia de primera instancia -que hacía lugar al reclamo- ordenó el pago de $100.000 pesos a modo de resarcimiento.



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